Se viene un reajuste de la tarifa eléctrica de casi un 30% de aumento

Se viene un reajuste de la tarifa eléctrica de casi un 30% de aumento

noviembre 5, 2021 0 Por quetepasa1

La Cooperativa Eléctrica de Río Grande deberá incorporar en su estructura de costos el incremento del 29% en el costo de la energía dispuesta para el período agosto-octubre del 2021.

Se trata de la Resolución 748/2021, mediante la cual se debe dar cumplimiento a la Reprogramación Trimestral de Invierno para el Mercado Eléctrico Mayorista del Sistema Tierra del Fuego.

Por ello, la Dirección Provincial de Energía y la Cooperativa Eléctrica de Río Grande deberán disponer un incremento del 29% en el precio de la energía a pagar a Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico (CAMMESA) por el período agosto-octubre 2021.


El miércoles de esta semana, la Secretaría de Energía de la Provincia instruyó a la DPE y a la Cooperativa Eléctrica para que apliquen “de manera efectiva las resoluciones que emita la Secretaría de Energía de la Nación sobre precios estacionales de energía elaborados por CAMMESA)”.

Además les recordó que el cuadro tarifario actual dispuesto por el organismo nacional fue determinado por la Resolución 748/2021, que contempla para el Mercado Eléctrico Mayorista del Sistema Tierra del Fuego un incremento del 29% para el período comprendido entre el 1 de agosto y el 31 de octubre, en tanto que a partir del 1 de noviembre y hasta el 30 de abril de 2022 se mantendrá sin modificaciones ese valor.


La obligación de cumplir con los costos de la energía determinados por Nación pone más presión para que, en particular, la Dirección Provincial de Energía avance en el proceso de recomposición de la tarifa para los usuarios de Ushuaia y Tolhuin que está congelada desde el 2019, ya que la Cooperativa Eléctrica ya dispuso a partir del 1 de octubre una incremento del 7% para la tarifa residencial y del 40% para los consumos industriales y otros grandes consumidores.


Este componente, el costo de la energía que determina CAMMESA, es uno de los que se tiene en cuenta para la fijación de la tarifa del servicio y su impacto no resulta significativo para el usuario final. El otro, denominado Valor Agregado de Distribución (VAD) depende de la estructura general de los costos de funcionamiento de la DPE y la Cooperativa, y es el que tiene mayor incidencia en la definición de los cuadros tarifarios.

Fuente lacontratapatdf.