
Elecciones, 63.229 votantes, $1600 pesos de multa y saber donde votas
mayo 12, 2022
El padrón definitivo para las elecciones extraordinarias de Convencionales Constituyentes para reformar la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia lo conforman 63.229 personas. De ese total, 3.069 tendrán entre 16 y 18 años al día de la elección. Se dispusieron 210 mesas habilitadas para emitir el voto que estarán distribuidas en 30 centros de votación. La multa por no justificar el voto será de 1600 pesos. Donde votar: (VER)
El próximo domingo 15 de mayo, desde la 8 a las 18 horas, se llevarán adelante las elecciones extraordinarias de Convencionales Constituyentes para reformar la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia, para lo que se deberán elegir 14 titulares y 7 suplentes de las fuerzas políticas presentadas. Entre estos candidatos: (LISTAS COMPLETAS)
Las personas deberán elegir una lista entre las presentadas por los distintos partidos políticos o alianzas que participan, bajo el sistema de preferencias, para lo cual la autoridad de mesa hará entrega de un sobre una lapicera de color.

Una vez en el cuarto oscuro, la persona podrá marcar su preferencia, con una cruz dentro del recuadro que antecede el nombre de los titulares de la lista elegida. Se puede hacer entre uno o todos los candidatos titulares con la lapicera de color que entregue la autoridad de mesa. Si la preferencia se efectúa con una lapicera distinta a la que entrega la autoridad, será invalidada.
Justificación de la no emisión del voto: A continuación se detalla los motivos y la documentación necesaria para poder justificar la no emisión del voto. Hay que tener en cuenta que quienes no emitan su voto y no lo justifiquen deberán pagar 1600 pesos.
¿Cuál es la documentación válida para justiciar?
• Justificación policial del día de las elecciones
• Estudiante fuera de la provincia: certificado de alumno regular
• Más de 500 kilómetros: constancia policial, pasaporte sellado pasajes o tarjeta de embarque
• Salud: certificado médico
• Otros: documentación fehaciente que acredite la imposibilidad de votar
Dicha documentación deberá enviarse, con copia del DNI, a la casilla de correo justificaciónvoto@justierradelfuego.gov.ar dentro de los sesenta (60) días de la respectiva elección.
Prohibiciones previas y durante el acto eleccionario: Asimismo desde el Juzgado Electoral se informó que quedan prohibidos los actos o reuniones públicas con finalidades proselitistas expresa o encubiertas y la publicidad partidaria emitida por medios escritos, radiales o televisivos, o por cualquier otro medio, así como la propaganda proselitista desde 48 horas antes de la iniciación del Acto Electoral.
Además, ofrecer o entregar al electorado boletas de sufragios dentro del radio de 80 metros de los lugares habilitados para sufragar.
También, admitir reuniones de electorado durante las horas en que se desarrolle el Acto Electoral, a todo propietario o inquilino que en los centros urbanos habite una casa situada dentro de un radio de 80 metros alrededor de los lugares habilitados para sufragar.
Los espectáculos populares al aire libre o en recinto cerrado, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieren a al Acto Electoral.
Tener abiertas las casas destinadas al expendio de bebidas alcohólicas de cualquier clase, desde las 0 horas del día del Acto Electoral y hasta pasadas las 3 horas de la clausura del mismo. Durante el lapso indicado, los comercios deberán colocar un cartel con la leyenda “Día de comicios-Prohibida la venta de todo tipo de bebidas alcohólicas”.
La publicación o difusión de sondeos, encuestas o estudios de opinión referidos al Acto electoral, por cualquier medio de difusión, desde 48 horas antes de la iniciación del acto electoral hasta la finalización del mismo. Que resulta razonable modificar el tiempo estipulado por la norma local, extendiéndolo hasta tres horas después del cierre del acto electoral.
Fuente Cronicas Fueguinas.