¿Qué medidas de seguridad deberán cumplir los comercios de Río Grande a partir de este lunes?
mayo 10, 2020Tras 56 días de cuarentena obligatoria, los comercios de Río Grande y Tolhuin retoman este lunes la actividad, aunque con un estricto protocolo de seguridad sanitaria que deberán cumplir para el cuidado de sus empleados y clientes.
Los comercios podrán atender de lunes a sábado de 10 a 18 horas, respetando las restricciones de ingreso y permanencia de clientes en el marco de la cuarentena establecida por el Gobierno nacional y provincial.
¿Qué medidas deben cumplir los comercios?
De acuerdo al protocolo aprobado, se debe mantener la distancia de 2 metros entre personas en los comercios, así como se restringirá el ingreso de personas de acuerdo a las dimensiones del local para garantizar esa distancia.
Sobre la espera fuera de los locales, esta será en la vía publica y el comercio debe señalizar y/o recomendar el distanciamiento de dos metros entre personas.
Será obligatorio el uso de barbijos y/o tapabocas tanto para clientes como para el personal del comercio, pero además se deberán tomar recaudos de prevención para el ingreso de los clientes, por lo que se deberá distribuir alcohol en gel o sanitizante a los clientes para la higiene de manos previo al ingreso del local comercial.
Asimismo, el protocolo establece que se arbitrarán los medios para una rápida atención de los clientes, disminuyendo los tiempos de espera de los clientes en la vía pública, tomando en consideraciones las características de la época del año. Además, se recomienda asistir un solo adulto.
Se deberán organizar las colas que se formen en el interior para abonar de forma tal que existan al menos dos metros de distancia entre las personas, como también las que se formen en el exterior del local, manteniendo la misma distancia.
En caso de realizar pagos con tarjetas de crédito o débito, se recomienda que el cliente sea quien inserte la tarjeta en los posnet, y en caso de que los comerciantes y/o sus empleados entren en contacto con elementos de pago, tarjetas o billetes, luego del procedimiento lavarse las manos; en caso de usar guantes deben sanitizarlos con alcohol o recambiar guantes.
Medidas de desinfección
Cada espacio de trabajo y de atención al público deberá contar con cronogramas intensificados de limpieza y desinfección de todas las superficies de contacto habitual de trabajadores y clientes. Se deberá maximizar la higiene desinfectando las instalaciones.
La frecuencia estará establecida en cada una o dos horas, y una hora en las áreas de mayor tránsito.
La desinfección deberá realizarse con regularidad en las superficies que se tocan permanentemente, como picaportes, mostradores, etc.
El protocolo establece además que se deberá disponer para que todos tengan acceso a un rociador con agua y lavandina diluida y toallitas descartables para pasar sobre las superficies. También debe haber cestos cercanos para descartar las utilizadas.
Se colocarán dos trapos de piso con lavandina diluida en agua. El primero será colocado en el exterior y deberá ser usado para limpiar los pies previo al ingreso al mismo, de la misma forma el trapo interno. Los trapos de piso se lavaran cada 10 clientes o dos horas de uso.
Ventilación
Todos los locales deberán adoptar las medidas necesarias para asegurar la mayor ventilación y recambio de aire de los espacios comunes. En el caso de ser locales con ventanas fijas, se deberá periódicamente ventilar mediante la apertura de la puerta de ingreso al comercio y/o disponer de dispositivos extractores que puedan generar la circulación de aire en el ambiente. Los espacios de constante circulación de personas deberán contar con ventilación permanente.
Atención al público
Se recomienda en los casos de tener boxes de atención contar con separador de materiales tales como vidrio, PVC, acrílico o lona transparente que sirva como método de barrera entre las partes, o máscara para los empleados que desarrollen atención al público.
Asimismo, se debe evitar todo contacto y/o acercamiento al cliente, manteniendo el distanciamiento reglamentario.
Está prohibido además el saludo entre empleados y con los clientes; así como el consumo de todo tipo de bebidas y alimentos dentro del local.
Usar barbijos o tapabocas para atender a los clientes. Antes y después de cada cliente tomar las medidas de desinfección de las superficies necesarias.
Priorizar los canales de venta online, los pagos por medios electrónicos y en el caso de trabajar con repartidores o sistema de delivery o pick up, cumplir con el Protocolo para Repartidores y Locales de Delivery.
Lavado de manos
Se deberá ofrecer alcohol en gel o alcohol líquido diluido al 70% a los clientes desde el ingreso a los locales y mientras están haciendo sus compras, para la desinfección de sus manos, en todos los espacios comunes.
Se deberá garantizar la provisión de todos los elementos para un adecuado lavado de manos con agua y jabón en sanitarios. Se deberá disponer elementos para el secado que no sean toallas de tela. Pueden ser toallas de papel o secamanos de aire.
El personal deberá lavarse regularmente las manos extremando las medidas de higiene con una periodicidad que será ajustada a la realidad de cada rubro, pero que asegure la higiene de manos.
En los lugares previstos para el lavado de manos deberá contar con información de cómo es un “buen lavado de manos”.
Información
Se deberá exhibir en espacios de circulación común información oficial de prevención, entre ellos el número 107 como referente de llamado ante dudas o al mail deis@tierradelfuego.gov.ar del Gobierno de la Provincia de Tierra del Fuego, de atención las 24 horas.
Prevención para el personal
Se deberá desafectar al personal mayor de 60 años, embarazadas y a los empleados con patologías previas que constituyan grupo de riesgo. Se sugiere priorizar cuando la actividad lo permita el teletrabajo, la dotación mínima estableciendo turnos rotativos de 15 días para evitar que, en caso de contagio, se deba interrumpir la dinámica de prestación del servicio.
En el caso en que personal tome contacto o haya tomado en los últimos 14 días con personas clasificadas como “caso confirmado” o “caso sospechoso”, deberá ser evaluado por la autoridad sanitaria local, Dirección de Epidemiologia, quien determinara el criterio a seguir, debiendo cumplir si correspondiere, con estricto aislamiento domiciliario en el marco de la licencia excepcional reglamentadas por las Resoluciones 178/2020 y 184/2020 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Se deberá informar y capacitar a las/os empleadas/os en reconocimiento de síntomas de la enfermedad y de las medidas de prevención del COVID-19, de acuerdo con la información oficial que comunica el Ministerio de Salud de la Nación.
Fuente: Critica Sur